LEY DE POLICÍA REGIONAL DEL ESTADO ZULIA
El 29 de mayo de 2001, el Consejo Legislativo del Estado Zulia decreta según Gaceta Oficial N° 660, la Ley de Policía Regional del Estado Zulia, que define en su artículo 6º lo siguiente:
"La Policía Regional del Estado Zulia, es un cuerpo uniformado, armado, capacitado profesionalmente y jerarquizado, cuya misión es garantizar la tranquilidad y seguridad pública a través de un efectivo servicio de prevención, investigación, control, represión de delitos e infracciones en la jurisdicción del estado Zulia. De su Dirección General dependerán todos los servicios policiales que a ella estén asignados en forma permanente, temporal o accidental, y tendrá como sede la ciudad de Maracaibo, capital del Estado".
Recordemos que esta institución policial creada con el nombre de Policía Urbana y Rural, en 1832, fue el primer cuerpo de seguridad pública en Latinoamérica.
Por: Agustín Arteaga